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CONOZCA MÁS >Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual
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CONOZCA MÁS >Este seguro se encuentra orientado a cubrir la responsabilidad civil extracontractual en que de acuerdo a la Póliza, sea legalmente imputable el Asegurado nombrado en las condiciones particulares, en desarrollo de las actividades específicamente descritas, provenientes de un accidente o serie de accidentes emanados de un solo acontecimiento que cause a terceros, en forma fortuita y accidental.
Amparos Básicos
Amparos Opcionales
Las exclusiones de la presente cobertura:
El Asegurado debe declarar en el domicilio de la Compañía todo siniestro que sobrevenga y afecte al seguro, mediante comunicación escrita, entendiéndose que el Asegurado pierde todo derecho a las garantías del seguro sobre cualquier siniestro que no haya declarado dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que haya tenido conocimiento del mismo según Decreto Supremo 1147 reformatorio al Código del Comercio, este plazo puede ampliarse por acuerdo entre las partes más no reducirse. Realizado el aviso del siniestro, el Asegurado deberá remitir a la Compañía los siguientes documentos:
NOTA: La presente información es meramente indicativa del seguro, prevalecen los términos y condiciones detallados en las Condiciones Generales y Condiciones Particulares del contrato de seguro.